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Etiquetas de IA en Google Ads: qué es obligatorio y qué no desde julio de 2026

6 min de lectura
Panel de transparencia de IA en anuncios de Google

Si estos días leíste que Google ya obliga a etiquetar los anuncios hechos con inteligencia artificial, revisa la fuente antes de mover nada. La política que Google publicó el 9 de julio de 2026 no dice eso. Dice casi lo contrario: permite etiquetar.

La diferencia no es un matiz de redacción. Un anunciante convencido de que existe una obligación general se pone a auditar creatividades, congela campañas y a veces descarta piezas perfectamente válidas por miedo a una sanción imaginaria. Y al revés: quien archiva la noticia como ruido puede saltarse las obligaciones que sí son reales, porque haberlas, haylas. No son las que contaron los titulares.

Esto es lo que dicen las dos páginas oficiales de Google, y qué cambia en la práctica según dónde anuncies.

Qué anunció Google exactamente

La actualización de la política de anuncios de julio de 2026 abre una posibilidad. No impone un requisito general:

  • El etiquetado es voluntario. Google permite añadir etiquetas de texto o visuales dentro de las creatividades de anuncios de imagen y vídeo. Decide el anunciante.
  • Solo imagen y vídeo. La política se refiere a creatividades de imagen y vídeo. Los anuncios de texto quedan fuera.
  • Hay etiquetado automático. Google Ads puede aplicar etiquetas por su cuenta a determinados recursos generados con las herramientas de IA de Google. Ahí el anunciante no elige.
  • Los metadatos viajan dentro del archivo. Las imágenes y vídeos creados con herramientas de Google llevan incrustados SynthID y C2PA, legibles por máquina aunque no se vea ninguna etiqueta encima.

El propio centro de ayuda lo zanja en una frase: «No es necesario etiquetar todo el contenido creado con IA».

Lo que sí es obligatorio

Aquí está la parte que se perdió entre titulares, y es la que de verdad te puede costar dinero. Hay supuestos con obligación real, y a un anunciante que trabaje en español le tocan de cerca:

  • Anuncios electorales. Si la pieza incluye contenido sintético o alterado digitalmente, el anunciante tiene que declararlo marcando la casilla correspondiente en la configuración de campaña. La regla viene de 2023 y sigue vigente.
  • Unión Europea. Existen requisitos propios de divulgación. Si anuncias en España, te aplican.
  • India. Requisitos específicos de esa región.
  • Nueva York. Normativa local propia, relevante para quien trabaje el mercado hispano de Estados Unidos.

Dicho de otro modo: la obligación no depende de que hayas usado IA, sino de qué anuncias y dónde. Un ecommerce mexicano que genera fondos de producto con IA no tiene que etiquetar nada. Una campaña política en España con una voz clonada, sí.

Cómo lo ve la persona que mira el anuncio

La transparencia no ocurre solo dentro de la creatividad. Google la expone en dos sitios:

  • «Cómo se ha hecho este anuncio», una opción dentro del menú «Más» del anuncio. Aparece únicamente en anuncios con IA.
  • Avisos posteriores al clic dentro de Mi Centro de Anuncios, el panel donde cualquier usuario puede revisar por qué le llega lo que le llega.

Para el anunciante esto significa algo incómodo pero manejable: aunque no pongas ninguna etiqueta visible, si generaste la pieza con herramientas de Google la información está ahí y es consultable.

Qué hacer si anuncias con IA

  1. Comprueba tu geografía antes que tu creatividad. España entra en el paraguas de la UE. Si tus campañas tocan Nueva York o India, revisa esos requisitos por separado.
  2. Separa lo electoral del resto. Es el único supuesto donde la casilla es obligatoria y donde saltársela tiene consecuencias claras.
  3. Asume que los metadatos existen. SynthID y C2PA viajan con el archivo. Diseñar tu comunicación dando por hecho que nadie lo sabrá es una apuesta mala.
  4. Decide una política propia y escríbela. Que la etiqueta sea voluntaria no significa que sea irrelevante: en categorías sensibles —salud, finanzas, inmobiliario— declararlo puede jugar a favor.
  5. Documenta qué se generó con qué. Cuando llegue una consulta de un cliente o de un regulador, la respuesta útil es un registro, no un recuerdo.

Preguntas frecuentes

¿Google me va a rechazar los anuncios si uso IA y no los etiqueto?
No, fuera de los supuestos obligatorios. El etiquetado en creatividades de imagen y vídeo es voluntario desde julio de 2026.

¿Se aplica a los anuncios de texto?
No. La política cubre creatividades de imagen y vídeo.

¿Y si genero las piezas fuera de Google, con otra herramienta?
El etiquetado automático de Google se aplica a recursos generados con sus propias herramientas de IA. Si produces fuera, la etiqueta visible queda en tu mano, salvo que caigas en un supuesto obligatorio.

¿Qué es C2PA?
Un estándar de credenciales de contenido que guarda, dentro del propio archivo, información sobre cómo se creó. No se ve a simple vista y sobrevive a la mayoría de las copias.

El fondo del asunto

Google ha elegido resolver esto con infraestructura antes que con prohibiciones: metadatos en todas las piezas que salen de sus herramientas, un panel donde cualquiera puede consultarlo y una etiqueta opcional encima. La obligación queda reservada a los terrenos donde el engaño hace daño de verdad, empezando por el electoral.

Para quien compra medios, la lectura práctica es sencilla. No hay que correr. Hay que saber en qué mercado se anuncia, apartar lo electoral y dejar por escrito qué se generó con IA. Lo demás, por ahora, es decisión propia.

Si estás revisando tu operativa de Google Ads, puede interesarte cómo funciona Google Demand Gen para crear demanda con IA, en qué consiste Taboola y cuánto cuesta anunciarse ahí, y la comparativa de herramientas de análisis en Semrush vs Ahrefs.

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